| Título primero |
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| Estatutos |
| Escrito por Administrator |
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NATURALEZA JURIDICA, NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACION ARTICULO PRIMERO.- Constituyese una Asociación de derecho privado sin fines lucrativos, con patrimonio propio, perteneciente al subsector privado del sistema de seguridad social en salud y regida por el decreto 1088 de 1991, el Código civil y demás disposiciones pertinentes. que se denominará “ASOCIACION COLOMBIANA DE OSTEOLOGIA Y METABOLISMO MINERAL”
ARTICULO SEGUNDO.- La Asociación tendrá por objeto propender por el desarrollo de: 1- Investigaciones básicas y clínicas y la difusión de conocimientos relacionados con aspectos del metabolismo mineral y de los tejidos calcificados. 2- Adelantar acciones dirigidas a la Promoción y Protección de la Salud en el área de la Osteología y el 'Metabolismo Mineral y prevención de enfermedades relacionadas, en armonía con lo previsto en el Estatuto de Seguridad Social
ARTICULO TERCERO.- Para todos los efectos legales de la Asociación tendrá su domicilio en la ciudad de Bogotá, D.C., sin perjuicio de poder establecer capítulos regionales en cualquier ciudad del país.
ARTICULO CUARTO.- La duración de la Asociación será indefinido, a partir de la fecha en que sea publicado en el Diario Oficial el acto administrativo que le conceda personería Jurídica pero podrá disolverse y liquidarse en los casos previstos en la Ley, o cuando así lo decida la Asamblea General de acuerdo con los presentes Estatutos.
ARTICULO QUINTO.- La Asociación dentro del marco anterior podrá asociarse y realizar todos los contratos y convenios necesarios o convenientes para el desarrollo de su objeto con personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras. |






